Saturday, May 2, 2015

¿Quiénes pueden acceder a los servicios de la Corporación De Asistencia Judicial?



¿Quiénes pueden acceder a los servicios de la Corporación De Asistencia Judicial? 
¿Quién puede ser nuestro usuario?

En términos generales, los usuarios que pueden acceder a lo servicios de la Institución son todas aquellas personas chilenas o extranjeras, de escasos recursos.
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No obstante, a los servicios de información, orientación y difusión de derechos pueden acceder todas las personas, sin importar su situación socioeconómica.
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Por mandato legal pueden acceder al servicio de asistencia y asesoría jurídica de las Corporaciones de Asistencia Judicial las personas de escasos recursos, aquellas que no dispongan de los medios económicos suficientes para pagar un abogado particular. Para determinar si una persona puede acceder a este servicio, existe un proceso de calificación que realizan conjuntamente los abogados de los consultorios y los asistentes sociales de los mismos.

En esta etapa deberá proporcionar información fidedigna que acredite la precariedad económica, como liquidaciones de sueldo, de pensión, declaraciones de renta, etc. Las personas que son dueñas de bienes raíces y de vehículos, deben llevar sus respectivos certificados de avalúo.

Es importante que las personas que no necesiten verdaderamente los servicios gratuitos de la Corporación no concurran a los consultorios, puesto que si son atendidos, impiden que aquellas personas realmente necesitaros obtengan una asistencia más expedita.

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http://www.cajval.cl/preguntasno.html
http://www.cajmetro.cl/quien-puede-ser-nuestro-usuario/
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