Friday, June 5, 2015

Concepto de Derecho de Familia Chileno

Concepto de Derecho de Familia






DERECHO DE FAMILIA 
 
"Como toda rama del Derecho, puede ser definido en sentido subjetivo u objetivo. En sentido subjetivo, se habla de los "derechos de familia" para referirse a las facultades o poderes que nacen de aquellas relaciones que dentro del grupo familiar mantiene cada uno de los miembros con los demás para eh cumplimiento de los fines superiores de la entidad familiar. Y en sentido objetivo es "el conjunto de normas y preceptos que regulan esas mismas relaciones que mantienen entre sí los miembros de la familia" (Castán, ob. cit., p. 44). Más completa. porque extiende su ámbito a las relaciones con terceros, nos parece la definición de Ferrara, para quien sería "el complejo de las normas jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los pertenecientes a la familla entre sí y respecto de terceros"."

- Ramos Pazos, René. Derecho de Familia. Tomo I. Página 16





CONCEPTO DE DERECHO DE FAMILIA.

Muy sintéticamente se puede señalar que es el conjunto de normas que regulan, protegen y organizan a la familia. Ferrara señala que es "el complejo de las normas jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los pertenecientes a la familia entre sí y respecto de terceros". (Citado por Ramos Pazos, RenéÉ, Derecho de Familia, N° 5, p. 14.)

Según Rossel, se denominan derechos de familia las "vinculaciones jurídicas establecidas por ley -respecto de los individuos que han contraído matrimonio o se han conocido carnalmente, o que están unidos por parentesco". (Rossel, Enrique, Manual de Derecho de Familia, N° 7.)

También se puede señalar que el Derecho de Familia es el conjunto de normas que regulan las relaciones familiares, principalmente entre esposos y entre padres e hijos, aunque también tiene en cuenta otras relaciones de parentesco. (Borda, Guillermo, Manual de Derecho de Familia, p. 7.)

-Carlos López Díaz. Manual de Derecho de Familia. Tomo I. Página 15.




El derecho de familia puede definirse como aquella parte del derecho civil que regula las situaciones y vínculos jurídicos relativos al matrimonio, la filiación, el parentesco, la convivencia de hecho entre un hombre y una mujer y, en general, a las relaciones jurídicas de la familia legalmente constituida o de hecho. 

Más brevemente se le define también como aquella parte del derecho civil que, de manera directa o indirecta, dice relación con la familia.

-Eduardo Court Murasso. Curso de derecho de familia. 2009. Página 1.




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